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Asamblea Anual Ordinaria en “El Rodeo”

Algunas Consideración sobre la Convocatoria

[04/03/2020] La Comisión Directiva del Círculo Criollo El Rodeo ha convocado a Asamblea Anual Ordinaria para el Sábado 21 de Marzo próximo y al conocer la Convocatoria y el Orden del Día surgen algunas dudas, y ante las consultas de algunos socios van algunas consideraciones al respecto.

Primero van algunas aclaraciones para los Socios que tengan intención de participar de la Asamblea, si bien el horario fijado para el comienzo es a las 16 hs, el Art. 39 dice que para iniciar en la hora establecida se debe contar con un quórum de la mitad más uno de los socios con derecho a voto, si no se reuniera dicha cantidad el Art. 40 dispone que transcurrida una hora de la fijada se podrá sesionar con el número de Socios presentes siempre y cuando sea igual o mayor al de miembros titulares de la Comisión Directiva. Igual se recomienda estar lo más temprano posible para evitar demoras que alarguen la reunión.
De acuerdo al Inc. b) del Art. 18 los Socios pueden “Tomar parte de las asambleas con voz y voto; siendo condición necesaria tener un año de antigüedad” y el Art. 36 agrega que “Las Asambleas serán Ordinarias y Extraordinarias y tendrán voz y voto en ella los socios Activos, Damas, Honorarios y Protectores, con una antigüedad de un año”, el Art. 59 establece que el Secretario será quien confeccione el padrón de quienes pueden participar de la Asamblea.
Para poder participar de la Asamblea los Socios deben presentar el carnet con el recibo correspondiente al mes en que se realiza la Asamblea (Art. 37), al igual que para poder gozar de los derechos de Asociado (Inc. f) del Art18), pero la Comisión Directiva ha sacado un comunicado informando que ese día no se cobrará la cuota social, siendo el último día posible para el pago el Domingo 15 de Marzo hasta las 18 hs, por lo que queda en la nebulosa si a quien no tenga paga la cuota de Marzo de 2020 se le permitirá pagarla el día de la Asamblea para poder ejercer su derecho como asociado o si se le prohibirá la entrada.
También le recordamos a quienes estén interesados en presentar una lista para la renovación parcial de la Comisión Directiva que el plazo vence el Miércoles 11 de Marzo a la medianoche como lo establece el Art. 56.

Con respecto a la Convocatoria en sí y el Orden del Día:
La oportunidad en que se ha dado a conocer la fecha en que se realizará la Asamblea pareciera no tener en cuenta el plazo estipulado en el Art. 43 del Estatuto Social en el que se habilita a los Socios a presentar puntos a ser incluidos en el Orden del Día los cuales deben ser puestos a consideración de la Comisión Directiva al menos treinta días antes de la Asamblea.
Por otro lado todavía no hemos podido confirmar si se cumplió con la publicación en un medio periodístico de indiscutida circulación en el Partido de Moreno, tal como está establecido en el Art. 38.
El punto Nº 4 establece, tal como lo indica el Inc. d) del Art. 41 el tratamiento de la Cuota Social, sería bueno que lo que se decida en esta Asamblea se cumpla y no pase como con la decisión de la Asamblea anterior que la Comisión Directiva decidió cambiar sin cumplir con el requisito establecido en el Art. 48 que define la forma en que se deben rever los asuntos votados por una Asamblea.
En el punto Nº 5 relacionado a la renovación parcial de la Comisión Directiva no se establece el plazo por el que serán elegidos en esos cargos pero de acuerdo a los Art. 41 e), 66 y 92 del Estatuto Social, la duración de los mandatos será de Dos años para los cargos de VicePresidente, ProSecretario, ProTesorero, 2º y 4º Vocal Titular; y de Un año para los cargos de Secretario de Actas, 1º Vocal Suplente, 2º Vocal Suplente, 3º Vocal Suplente, 4º Vocal Suplente, Dos Revisores de Cuentas Titulares, Un Revisor de Cuentas Suplente.
Luego de la elección y cuando debería finalizar la Asamblea, ya que la mayoría de los Socios suelen retirarse luego de emitir su voto, se incluyen una serie de Informes que como tales no prevén tratamiento ni aprobación por parte de la Asamblea y deberían estar incluidos en la Memoria o en el Balance e Informe de Tesorería, ya que algunos hacen mención a gastos originados por la Institución en el período 2018 y como tal deben ser asumidos por la nueva Directiva, máxime cuando la gestión anterior dejó recursos suficientes para hacerles frente.

Pero lo que más llama la atención es el punto Nº 14: “Reforma de Estatuto Social (Convocatoria para Asamblea Extraordinaria)”
No se entiende si en ese punto se informará que se convocará a una Asamblea Extraordinaria para la reforma del Estatuto Social o si la intención es debatir una reforma en ese momento.
El Estatuto Social es claro en cuanto al modo en que debe convocarse una Asamblea Extraordinaria que pretenda modificarlo y las pautas de complimiento necesario, y la convocatoria a una Asamblea General Ordinaria no es la forma de hacerlo. Al respecto dice el Estatuto Social en su Art. 112: “Para modificar estos Estatutos se deberá convocar una Asamblea General Extraordinaria, especialmente a ese efecto, en la cual será necesaria la presencia de la mitad más uno de los socios en condiciones de votar para considerarse válidamente constituida. Si no concurriesen a la misma el número de socios fijados se citará por segunda vez a la asamblea dentro de los treinta días, efectuándose esta vez con el número de socios presentes, siempre que sea una cantidad igual o mayor que la de miembros de Comisión Directiva”.
Ahora por lo expresado por un miembro de la Comisión Directiva en un programa radial se buscaría reformar el modo en que se renueva la Comisión Directiva, y rever el hecho de tener que compartir la administración con la oposición. Actualmente la Comisión se compone por once miembros titulares con mandato por dos años y que se renuevan por mitades, seis miembros un año y cinco al año siguiente. Este sistema lo establecieron los fundadores (Don Carlos Saisi, que tenía militancia en los círculos obreros, fue el redactor del Estatuto Social) ya que es la mejor forma de gobierno de un órgano colegiado en el que las mayorías se consiguen por consenso y el dialogo con la oposición es el principio básico de la democracia; en esta forma de gobierno el Presidente tiene la posibilidad de desempatar y siempre una mitad de la Comisión ingresó en su lista, si no ocurrieran renuncias o bajas. Esta forma de renovación evita gobiernos autoritarios, ya que en caso de que la Comisión tome un rumbo que no sea acorde con el espíritu de la Institución en la elección de medio término puede reencausarse, y a veces tener que esperar dos años puede ser contraproducente y los socios deben buscar caminos alternativos solicitando la renuncia de algún directivo como ya ha ocurrido en otra época.
Igualmente en estos 24 años en que la Comisión se conforma por elecciones y no por consenso previo como ocurría antes, hemos visto más veces internas y divisionismo en los grupos que llegan juntos a una elección que negativa o intransigencia de quienes ingresan por la oposición.

Lamentablemente una vez dado a conocer el Orden del Día no se puede modificar, por lo que esperamos que la Asamblea pueda realizarse del modo más orgánico posible y dentro de un marco de legalidad.

Señor Socio, es importante que participe de la vida social de la Institución y de las Asambleas para estar informado de primera mano y hacer oír su punto de vista, el Estatuto Social lo respalda y no es bueno quejarse después si no participó cuando tuvo la oportunidad.



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